"Me han pedido que diga algunos versos míos, así que voy a recordar un soneto, el soneto sobre Spinoza. El hecho de que muchos de ustedes no sepan español mejorará el soneto. Como he dicho, el significado no es importante: lo que importa es cierta música, cierta manera de decir las cosas. Quizá, incluso si la música falta, ustedes la sientan. O, mejor, puesto que sé que son tan amables, la inventen por mí.
Y ahora pasemos al Soneto, 'Spinoza'
Las traslúcidas manos del judíolabran en la penumbra los cristales
y la tarde que muere es miedo y frío.
(Las tardes a las tardes son iguales.)Las manos y el espacio de jacinto
que palidece en el confín del Ghetto
casi no existen para el hombre quieto
que está soñando un claro laberinto.No lo turba la fama, ese reflejo
de sueños en el sueño de otro espejo,
ni el temeroso amor de las doncellas.Libre de la metáfora y del mito,
labra un arduo cristal: el infinito
mapa de Aquél que es todas sus estrellas".BARUCH SPINOZA
Bruma de oro, el Occidente alumbra
la ventana.El asiduo manuscrito
aguarda, ya cargado de infinito.Alguien construye a Dios en la penumbra.
Un hombre engendra a Dios.Es un judíode tristes ojos y de piel cetrina;
lo lleva el tiempo como lleva el río
una hoja en el agua que declina.
No importa. El hechicero insiste y labra
a Dios con geometría delicada;desde su enfermedad, desde su nada,
sigue erigiendo a Dios con la palabra.El más pródigo amor le fue otorgado,
el amor que no espera ser amado.
martes, 31 de agosto de 2010
Soneto de Spinoza de Borges
Baruch Spinoza

Algunas preguntas sobre Baruch Spinoza y algunas respuestas preliminares del profesor:
1. ¿Cuáles fueron las principales obras de Spinoza?
Durante la vida de Spinoza sólo se publicaron dos obras suyas: la exposición de los Principios de la filosofía cartesiana (junto con los Pensamientos metafísicos) en 1663 y el Tratado Teológico Político en 1670. Después de la muerte de Spinoza apareció un volumen de Opera Posthuma que compilaron sus amigos que contenía su obra más famosa la ¨Ethica, ordine geometrico demonstrata¨ (Ética demostrada según el orden geométrico), el Tratado Político, el Tratado sobre la Reforma del Entendimiento, varias cartas del autor con respuestas y un Compendio de Gramática de la lengua hebrea (1677). En el siglo XIX se publicó por vez primera el Tractatus de Deo et homine ejusque felicitate (anotaciones del Tratado Teológico - político), descubierto por Böhmer (1852). (Tomado del Diccionario de Filosofía de José Ferrater Mora, Buenos Aires Suramericana, Tomo II, 975, pp. 713 a 714)
2. ¿Cuáles fueron sus principales aportes a la filosofía en general y porque se dice que es un filósofo monista, racionalista y mecanicista?
Spinoza tuvo como punto de partida la frase ¨Deus sive Natura¨ que se traduce ¨Dios o Naturaleza¨ pero que puede ser interpretada como la unión entre las cuestiones consideradas como divinas y las terrenales. La naturaleza es Dios y el hombre es Dios, por ende no se puede hablar de una división entre las cosas materiales y las trascendentales. Lo que nosotros percibidos con los sentidos y nuestro entendimiento y razón son caracteristicas de nuestra divinidad. Por ende lo real y lo empirico puede llegar a determinar lo que debería ser y no se necesita por ende de la Revelación para poder establecer nuestro compartimiento moral.
En el Tratado Teológico - Político Spinoza establece que lo bueno y lo malo es determinado por la voluntad del hombre y comprueba como las interpretaciones dadas por los teológos que se fundan en la revelación pueden ser erradas porque muchos de los textos biblícos son contradictorios. Por ende no se puede determinar la idea moral y de justicia a partir de la revelación y es el hombre a partir de su entendimiento o razón el que puede dicernir sobre lo bueno y lo malo. La Ética o la moral se puede discernir a través del método empírico y el método geometrico y por esta razón titula su obra publicada post mortem ¨Ethica, ordine geometrico demonstrata¨ (Ética demostrada según el orden geométrico)¨, por esta razón se le considera como mecanicista al relacionar el método científico y utilizar el método matemático causal para discernir sobre aspectos deontológicos.
3. ¿Cuáles fueron los principales aportes de Spinoza a la que ahora llamamos filosofía del derecho?
Según el ¨Solitario de Amsterdam¨ existe una única y total realidad a la que denomina Dios o Naturalez (Deus sive Natura) que se corresponde con su idea monista. Esta única realidad que lo engloba todo, revela una constante uniformidad, tanto en su aspecto material como espiritual. En aplicación a este principio las acciones humanas deben ser consideradas ¨como si se tratarán de líneas planas o cuerpos sólidos¨(Discurso preliminar a la tercera parte de la "Ethica, ordine geometrico demonstrata"). Sin embargo, en la Ethica, Spinoza no establece normas para la conducta humana, sino exclusivamente un análisis y explicación de los apetitos humanos (Verdross, p. 186).
"El derecho natural spinozista - igual que el de Hobbes - no es un orden normativo, sino un poder natural de los hombres, que únicamente puede ser enmarcado dentro de ciertos límites con la intervención del poder¨ (Verdross, p. 187).
Spinoza considera que:
¨el derecho natural de cada hombre no se determina por la sana razón, sino por el grado de su poder y de sus deseos¨ (Tractatus Teologico Politico, Cap. XVI, p. 57). Dice Spinoza: "No todos los hombres están determinados naturalmente a obrar según las reglas y leyes de la razón, sino que, al contrario todos nacen ignorantes de todas las cosas; y antes de que puedan conocer la verdadera razón de vivir y adquieran el hábito de la virtud, pasan, por buena educación que reciban, una gran parte de su edad, y a nada más estan obligados que a vivir y a conservarse, en tanto cuanto puedan, sólo por el impulso de los apetitos, puesto que la naturaleza no les dio nada más negándoles la facultad de vivir según la sana razón, y, por tanto, no están más obligados a vivir, según estas reglas, que un gato, según las leyes de la naturaleza de un león¨ (Tratado Filosófico Político, Cap. 16, p. 57)Y continua diciendo Spinoza:
"Así, cualquiera que se considere bajo el imperio de la naturaleza, tiene máximo derecho para desear cuanto le parezca útil, sea por la razón, sea por el ímpetu de las pasiones, y le es permitido arrebatarlo de cualquier manera, sea con la fuerza, con engaños, con ruegos o por todos los medios que juzgue fáciles, y, por consiguiente, tener como enemigo a aquel que quiera impedir que satisfaga sus deseos. De todo esto se sigue que el derecho e institución de la naturaleza bajo la cual nacen todos los hombres y viven la mayo parte de ellos, nada prohibe sino aquello que nadie apetece y que nadie puede, pero no las disputas, los odios, la ira, los engaños, ni en absoluto lo que el apetito aconseja. Y, por consiguiente, tiene por enemigo a quienes pretenden entorpecer sus deseos¨ (Tratado Filosófico Político, Cap. 16, p. 57)
Seguimos con Hobbes

1. ¿Fue Hobbes un monárcomano como se dice o prefería el poder civil o republicano al poder dinástico? En esto parece no haber claridad, aunque Hobbes fue preceptor de Carlos II, el delfín del asesinado en la Guerra Civil Carlos I, lo cierto es que durante la Guerra emigró a Francia y no defendió públicamente a los Estuardo. Cuando se instauró la dictadura de Oliver Cromwell, Hobbes volvió a Inglaterra y publicó allí el Leviatán en 1651. Cuando se produce la contrarreforma y vuelven los Estuardo al poder en 1660 Hobbes no es bien visto y se abre un proceso en contra de su obra, así como su obra histórica sobre la Guerra Civil titulada el Behemont. Se tildó la obra de Hobbes como atea y como un apoyo soslayado a Cromwell incluso en la Universidad de Oxford en 1683, cuatro años después de la muerte de Hobbes, se dio una quema pública del texto. Por ende no hay claridad sobre si con la publicación de la obra se quiso apoyar a la monarquía o a la dictadura republicana, de hecho Hobbes establece que el Leviatán puede ser un Monarca o un Parlamento y no se definió por un modelo especifico. En conclusión parece que el Leviatán quiso apoyar una idea de gobierno absoluto pero no a una determinada forma gobierno de la época aunque sobre esto punto no se puede dar la última palabra
2. ¿Fue Hobbes un revolucionario en materia de método y análisis del poder político? Klenner considera que sí. En primer lugar porque el método que utilizó Hobbes para deducir de dónde viene el poder y cómo se justifica éste parte de presupuestos racionales y no teológicos o metáfisicos como venía sustentando la escolástica de la época. Hobbes con fundamentos matemáticos y lo que ahora consideraríamos como sociológicos dedujo en primer lugar y en contra de la doctrina aristotélica que el estado de naturaleza es que el hombre viva en continua guerra y conflicto con el hombre, ¨el hombre es un lobo para el hombre¨(homo homini lupus) y "bellum omnium contra omnes" (a war of every man against every man) de donde necesita instaurar un poder civil que le garantice la seguridad y evite el temor a la muerte y de esta manera le garantice la vida, el trabajo y la tierra (life, labour and land), ya que en el estado de naturaleza el hombre vive una vida "solitaria, miserable, embrutecedora y breve" (solitary, poor, nasty, brutish and short). Por ende Hobbes si sería revolucionario en materia de método ya que su propuesta parte de la racionalidad científica que se basa en comprobaciones empíricas más que en deducciones metafísicas que partan de un conocimiento teológico propio de la aristótelica tomista de la época en donde según Klenner se rompe con el feudalismo y se pasa a la concepción del Estado moderno.
3. ¿Cuáles fueron las contribuciones de Hobbes a lo que ahora llamamos filosofía del derecho? Se podría decir que Hobbes es un nuevo Trasímaco o Calicles que justifica el derecho y la justicia a partir del más poderoso y de la fuerza. Frases como ¨autoritas, non veritas facit legem¨, sería la comprobación de que Hobbes justifico el derecho en el poder, la autoridad y la fuerza, sin tener en cuenta elementos como la justicia o la racionalidad del poder en la elaboración de dichas leyes. Sin embargo, debemos tener en cuenta algunos aspectos de la propuesta de Hobbes. En primer lugar la teoría contractualista que realiza Hobbes para justificar la idea del poder absoluto parte de un consentimiento del pueblo (por apetito o por la razón) para garantizar su seguridad y evitar el temor a la muerte. De otra parte el Leviatán, que como veíamos puede ser un Monarca o un Parlamento, tiene como finalidad conservar la paz y garantizar la seguridad, además de la vida, el trabajo, el comercio, la posibilidad de contratar, de vender y comprar y de propiedad que son leyes naturales. Si el poder supremo o el Leviatán no cumple con dicha finalidad puede ser anulado y se puede dar un derecho de rebelión por haber incumplido el primer pacto o fideicomiso que consistía en renunciar a los derechos para otorgárselos a dicho poder. De tal manera que aunque Hobbes no elaboró una propuesta de derecho justo a través de la razón si estableció los lineamientos que justificaban el otorgar a un solo poder la posibilidad de dictar las leyes a partir de su autoridad.
4. ¿Qué pensaba Hobbes en materia de religión en su propuesta política? Hobbes más que un perseguido político fue un hereje perseguido. Aunque religión y poder no podría dividirse fácilmente, la propuesta de Hobbes tuvo como marco las guerras civiles de Inglaterra (1640 - 1660) y la guerra de los treinta años en Europa (1618 - 1648) todas ellas por motivos religiosos. Por esta razón en su propuesta política Hobbes estima que la religión y el poder eclesiástico debe estar sometido al estado y plantea una neutralidad política en materia de religión. De tal manera que el Leviatán debe garantizar una especie de libertad de cultos ya que no hay una religión de estado y la suprema autoridad no debe gobernar en el interior de las personas, por ende sería uno de los pioneros de la época en la propuesta de un estado laico o una división entre Iglesia y Estado en donde ésta en todo caso tenga que estar sometida al poder supremo del Estado o Commonwealth.
martes, 24 de agosto de 2010
Leviatan o la materia, forma y poder de una República Eclesiástica y Civil. Cap. XIII, XIV y XV

En este capítulo Hobbes establece la diferenciación entre Derecho Natural o Estado Naturaleza (Right of Nature), en donde el hombre vive en continua guerra y solo puede sobrevivir por astucia o por la fuerza, y ley natural (Natural Law). La primera idea de Hobbes es que los hombres son iguales por naturaleza, esta igualdad conduce entonces a la desconfianza y finalmente a la guerra de unos contra otros.
Varias ideas de este capítulo
1. Un pasaje sobre porque la igualdad entre los hombres conduce a la guerra
Lo que acaso puede hacer increíble tal igualdad, no es sino un vano concepto de la propia sabiduría, que la mayor parte de los hombres piensan poseer en más alto grado que el común de las gentes, es decir, que todos los hombres, con excepción de ellos mismos, y de unos pocos más a quienes reconocen su valía, ya sea por la fama de que gozan o por la coincidencia con ellos mismos. Tal es, en efecto, la naturaleza de los hombres que si bien reconocen que otros son más sagaces, más elocuentes o más cultos, difícilmente llegan a creer que haya muchos tan sabios como ellos mismos, ya que cada uno ve su propio talento a la mano, y el de los demás hombres a distancia. Pero esto es lo que mejor prueba que los hombres son en este punto más bien iguales que desiguales. No hay, en efecto y de ordinario, un signo más claro de distribución igual de una cosa, que el hecho de que cada hombre esté satisfecho con la porción que le corresponde (p. 101)2. Y luego sobre la causa de la guerra por la naturaleza del hombre
Así hallamos en la naturaleza del hombre tres causas principales de discordia. Primera, la competencia, segunda, la desconfianza, tercera la gloria. La primera causa impulsa a los hombres a atacarse para lograr beneficio; la segunda, para lograr seguridad; la tercera, para lograr reputación (p. 102)3. Fuera del Estado Civil hay siempre guerra de cada uno contra todos
Con todo ello es manifiesto que durante el tiempo en que los hombres viven sin un poder común que los atemorice, a todos, se hallan en la condición o estado que se denomina guerra; una guerra tal que es la de todos contra todos. Porque la GUERRA no consiste solamente en batallar, en el acto de luchar, sino que se da durante el lapso de tiempo en que la voluntad de luchar se manifiesta de modo suficiente (p. 102)4. Esta guerra da lugar a una serie de incomodidades para el hombre
En una situación semejante no existe oportunidad para la industria, ya que su fruto es incierto; por consiguiente no hay cultivo de la tierra, ni navegación, ni uso de los artículos que pueden ser importados por mar, ni construcciones confortables, ni instrumentos para mover y remover las cosas que se requieren mucha fuerza, ni conocimiento de la faz de la tierra, ni cómputo del tiempo, ni artes, ni letras, ni sociedad; y lo que es peor de todo, existe continuo temor y peligro de muerte violenta; y la vida del hombre es solitaria, pobre, tosca, embrutecida y breve (p. 103)5. No hay leyes en sentido estricto hasta que no haya Estado Civil en donde los hombres dispongan quién deba promulgar dichas leyes
Los deseos y otras pasiones del hombre no son pecados, en sí mismos; tampoco lo son los actos que de las pasiones proceden hasta que consta que una ley las prohibe: que los hombres no pueden conocer las leyes antes de que sean hechas, ni puede hacerse una ley hasta que los hombres se pongan de acuerdo con respecto a la persona que debe promulgarla (p. 103)6. En el Estado de Naturaleza nada es injusto. La idea de justicia solo se logra en el hombre en sociedad, no en estado solitario
En esta guerra de todos contra todos, se da una consecuencia: que nada puede ser injusto. Las nociones de derecho e ilegalidad, justicia e injusticia están fuera de lugar. Donde no hay poder común, la ley no existe: donde no hay ley, no hay justicia. En la guerra, la fuerza y el fraude son las dos virtudes cardinales. Justicia e injusticia no son facultades ni del cuerpo ni del espíritu. Si lo fueran, podrían darse en un hombre que estuviera solo en el mundo, lo mismo que se dan sus sensaciones y pasiones. Son aquéllas, cualidades que se refieren al hombre en sociedad, no en estado solitario. Es natural también que en dicha condición no existan propiedad ni dominio, ni distinción entre tuyo y mío; sólo pertenece a cada uno lo que puede tomar, y sólo en tanto que pueda conservarlo (p. 104)
Algo sobre la filosofía del derecho de Thomas Hobbes
Thomas Hobbes (nace el 5 de abril de 1588 en Malbesbury - Westport, Inglaterra - muere el 4 de diciembre de 1679 en Derbyshire, Inglaterra a los 91 años de edad). El pensador inglés más importante de su época es considerado todavía como un autor decisivo en la definición de los elementos del estado moderno, la explicación del poder, la relación del poder con el derecho y el concepto de justicia. Divide el "ius naturale" el derecho natural (right of nature), de la "lex natural" (ley natural o law of nature). La primera (right of nature) será la tendencia del hombre a vivir en continua guerra y conflicto, para lograr su supervivencia. Es un estado de naturaleza, en donde se presenta una libertad absoluta e ilimitada y en donde prima la ley del más fuerte o del más astuto para obtener ilimitadamente los bienes que necesita.Este derecho natural se caracteriza porque el hombre esta en una continua guerra del hombre contra el hombre (bellum omnes contra omina), y en donde el hombre se convierte en un lobo para el hombre (homo homini lupus). La vida del hombre en el derecho natural, a pesar de contar con una absoluta libertad es solitaria, pobre, brutal y breve, ya que cada uno buscará el provecho de sus propios intereses. Por tanto, el hombre necesita de una forma de organización - mecánica - que evite esta continua confrontación y decide voluntaria o coercitivamente realizar un pacto o contrato social en donde renuncia a su libertad absoluta para otórgarsela a la organizacíon superior, al Estado o al Leviathan, que cumpla con el fin primordial de la ley natural (law of nature) que consiste en garantizar la seguridad y la supervivencia de los hombres y evitar
que se produzca la Behemoth (guerra civil).Hobbes establece que son la ley mecanicista de la atracción y el rechazo las que conducen al hombre a renunciar a su libertad natural para otorgársela a un soberano que permita la convivencia y la seguridad. El Instinto o el Apetito como el temor y la búsqueda de su supervivencia determinan la decisión de renuciar a la libertad absoluta del estado de naturaleza. Del mismo modo, la razón natural del hombre lo llevará a realizar este pacto de asociación. El soberano - que según Hobbes puede ser individual (Monarca) o colectivo (Parlamento) - podrá de esta manera determinar las leyes que conduzcan al fin de la "ley natural", la conservación. Por esta razón, algunos teóricos consideran a Hobbes como el primer positivista inglés, antes que Bentham o Austin, ya que subrayan que esta autor establece que una vez realizada el pacto en donde se otorga el poder al Leviathan este regirá absolutamente y establecerá que la potencia del soberano, incluso para dictar leyes, es absoluta.
Dos frases serán determinantes para apoyar esta posición realista y empírica de considarar a Hobbes como el primer positvista anglosajón: "auctoritas, non veritas facit legem" (la autoridad y no la verdad o la justicia determinan la ley - Capítulo 26 del Leviathan) y "mensura boni et mali in omni civitate est lex (La medida única para juzgar de las acciones buenas y malas es la ley positiva del Estado - Capítulo 29 del Leviathan). Aunque Hobbes establece que existen una serie de criterios y recomendaciones para para llevar a cabo la lex natural, como el de respetar los contratos celebrados, considerar como iguales a todos los hombres, protegernos mutuamente y someter nuestras diferencias a la decisión de un juez (Leviatham, Capítulo 15), lo cierto es que la única posibilidad que tiene el súbdito de no cumplir con los mandatos o las leyes civiles del soberano es cuando se aleja de la finalidad del derecho natural, es decir cuando dichas leyes no garantizan la seguridad, la paz y la supervivencia.
En este caso los miembros del cuerpo social pueden no acatar las determinaciones del soberano y rebelarse contra él. De esta manera como afirma Miguel Ángel Rodilla, en el pensamiento filosófico jurídico y político de Hobbes se mezcla el iusnaturalismo racionalista con el positivismo, ya que lo que determina que el soberano expida leyes que no se controviertan y que se cumplan de manera absoluta es el pacto natural originario. De otra parte, el pacto societario se corresponde a su vez con una idea de soberanía absoluta en donde se transplanta la potentia Dei absoluta que pregonaba Guillermo de Occam en la Universidad de Oxford en el siglo XIV a la idea de Estado absoluto que justifica las monarquías absolutas del siglo XVII en los tiempos del autor inglés. Hobbes fue contemporáneo de Galileo Galilei, con quien se entrevisto en su viaje por Francia e Italia de 1634 a 1637, fue opositor de Descartes en su instancia en París en 1640. Elaboró su obra al estilo mecanicista y estableció que lo único que hay en el mundo son cuerpos en movimiento.
De esta manera establece Hobbes que hay dos clases de filosofía: la natural (para los cuerpos físicos) y la civil (para los cuerpos sociales en cuyo caso es ética). "De esta manera la filosofía como doctrina de los cuerpos y sus movimientos, y como estudio de las causas y efectos de los cuerpos, se divide en tres partes: doctrina de los cuerpos naturales (de corpore), doctrina de los cuerpos humanos (de homine - su ética a partir de sus necesidades y pasiones) y doctrina de los cuerpos sociales (De Cive)" (Enciclopedia). La principal obra de Hobbes a es el Leviathan, nombre tomado de un monstruo marino o un cocodrilo que se refiere en el libro de Job (XL, 25) que lucha contra Behemoth. Es en el El Leviatán, escrito en 1651, en donde Hobbes expone las principales ideas analizadas en esta nota.
Links:
- La filosofía de Hobbes - Webdianoia
- Wikipedia - Thomas Hobbes - inglés
- Hobbes - Stanford Encyclopedia of Philosophy
Comentarios en Iureamicorum. Coménten nuevamente
3 comentarios:
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Felicitaciones. Muy interesante ingreso. Hubiera sido interesante conocer su posición acerca del supuesto positivismo o iusnaturalismo de Hobbes.
Saludos. -
- Gonzalo Ramirez Cleves dijo...
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Gracias de nuevo Gaviota. Mi posición es que Hobbes no es un iusnaturalista tracionalista a la manera de considerar que las leyes esten por debajo de un concepto axiológico superior - al menos claro cuando el soberano no cumpla con su deber de lograr la seguridad - Tampoco estoy de acuerdo con la tesis de que Hobbes sea un positivista a la manera de Bentham, Austin, H.L.A. Hart, principalmente por la división de "ser" y "deber ser" y por ende no analiza ni construye un sistema de análisis de la norma como sistema y de la norma como tal desde el punto de vista linguistico o analitico... Será entonces una posición original realista basada en un contrato natural de índole iusnaturalista cuyo finalidad consiste en justificar el poder soberano...
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miércoles, 18 de agosto de 2010
El texto para la próxima clase. Rousseau en Kant
ROUSSEAU Y KANT: UNA RELACIÓN PROTEICA (número 133, Julio/Septiembre 2006 - Cubiertas, Portadillas y Sumarios) Autor: JOSÉ RUBIO CARRACEDO *Este es parte del texto obligatorio para la próxima clase. Artículo: ver articulo |
Andrei Marbor y Boaventura de Sousa en Colombia


Dos eventos imperdibles para ésta semana y la que viene. Vienen a la Universidad Libre Andrei Marmor el autor del libro ¨Interpretación y teoría del derecho¨, heredero de la escuela análitica hartiana. La venida de Marmor se encuentra enmarcada en el Congreso de Filosofía que la Universidad Libre hará esta semana aqui.
¨El PROGRAMA DE DERECHO de la Facultad de Relaciones Internacionales y Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad de Bogotá Jorge Tadeo Lozano, genera un espacio de discusión académica sobre el tema propuesto, con los siguientes invitados: Boaventura de Sousa Santos, Carlos Gaviria Díaz, Rodolfo Arango Rivadeneira, Danilo Rojas Betancourth, César Rodríguez, Rodrigo Uprimny Yepes, Mauricio García Villegas, Diego E. López Medina¨